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Alimentos libres de gluten: Nueva legislación

Actualizado: 26 feb


El 5 de Mayo se conmemoró el Día internacional de la Celiaquía y desde GoGrade queremos aprovechar la oportunidad para concientizar sobre esta temática y hablarles sobre la reciente actualización a la legislación vinculada a los alimentos libres de gluten.


Celiaquía

La enfermedad celíaca se caracteriza por una intolerancia permanente al gluten. Se trata de una condición en la cual el consumo de gluten desencadena una respuesta autoinmune que que daña el revestimiento del intestino delgado.

Por el momento, la única manera de atenuar los efectos adversos es evitar el consumo de alimentos que contengan gluten.



Por la Res. 32/2023 fueron modificados los Art. 1383 y 1383 bis del CAA, cuyas modificaciones detallamos a continuación.


Definición de alimento y bebida libre de gluten

Según el Artículo 1383 CAA (2023), se entiende por “alimento y bebida libre de gluten” aquel que por las características de sus ingredientes o a través de un proceso tecnológico adecuado que efectivamente demuestre

que remueve el gluten y la aplicación de buenas prácticas de manufactura, no contiene prolaminas y glutelinas (proteínas del gluten).


Límite máximo y metodología analítica

El contenido de gluten no podrá superar el máximo de 10 mg/Kg (10 ppm)

El límite máximo no fue modificado respecto al artículo 1383 (2011).

Para comprobar la condición de libre de gluten deberá utilizarse el método de enzimoinmunoensayo ELISA R5 Méndez. También podrá ser utilizado el método enzimoinmunoensayo ELISA G12 (nuevo)


Rotulación de Alimentos y bebidas libres de gluten

Estos productos se rotularán con la denominación del producto que se trate seguido de la indicación “libre de gluten” formando parte de la denominación con caracteres de igual realce, tamaño y visibilidad.

Ya no es necesario agregar la leyenda "SIN TACC" en las proximidades de la denominación del producto. Esto se debe a que considerando que puede removerse el gluten por un proceso tecnológico adecuado, hay alimentos que pueden contener TACC (Trigo, Avena, Cebada y Centeno) pero pueden no contener gluten.

Además, los alimentos y bebidas “Libres de Gluten” deben llevar,

obligatoriamente impreso en sus envases de modo claramente visible, el

símbolo que figura a continuación , admitiendo las siguientes dos variantes, con una reducción mínima de 11 mm. Estos reemplazan a los símbolos "SIN TACC" anteriores.

Los nuevos símbolos pueden obtenerse en el siguiente link.


Inscripción de Alimentos y Bebidas Libres de Gluten

Para la aprobación de los alimentos y bebidas libres de gluten, los elaboradores y/o importadores se debe presentar:

  • Análisis que avalen la condición de “libre de gluten” otorgado por un organismo oficial o entidad con reconocimiento oficial

  • Un programa de buenas prácticas de manufactura, con el fin de asegurar la no contaminación y/o eliminación de PROLAMINAS y GLUTELINAS derivadas de trigo, avena, cebada y centeno en los procesos, desde la recepción de las materias primas hasta la comercialización del producto final.


Tiempo de adecuación

Se otorga a las empresas, a partir del 2 de diciembre de 2023, un plazo de TRES (3) años para su adecuación a la nueva normativa.


Si te quedaron dudas sobre esta legislación, dejalas en comentarios!


 
 
 

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